Suspensión condicional del proceso judicial contra maltrato animal

Se llevo a cabo la Audiencia de Suspensión Condicional del proceso por el caso de Toby, perrito que fue privado de su vida con una pistola deportiva, en donde, a pesar de la oposición de la fiscalía, la Juez al preguntarle a la victima y a la asesora jurídica si tenían oposición en dicha suspensión, ambas respondieron que no y que estaban de acuerdo que se le otorgara dicha suspensión ya que el imputado le había pagado la cantidad de $15,000.00 pesos a la denunciante por concepto de reparación del daño, por lo que conforme a las condiciones del art. 195 se somete a las fracciones:

I.- DOMICILIO EN LA LOCALIDAD ISLAGUADA,CARMEN, CAMPECHE,

II.- PROHIBICION DE ACERCARSE A LA VICTIMA Y A SU DOMICILIO,

III.-ABSTENERSE CONSUMIR BEBIDAS ALCOHOLICAS,

VII,. SOMETERSE A TRATAMIENTO PSICOLOGICO POR UMENECAPA,

IX,.PROHIBIDO SALIR DEL MUNICIPIO DEL CARMEN,

X.- NO PORTAR ARMAS Y

XIV.- FIRMA MENSUAL POR LA UMECA, por lo cual:

LA JUEZ DECRETÓ PROCEDENTE DICHA SUSPENCION y la impone POR LA TEMPORALIDAD DE 06 MESES.

La Vice Fiscalía General de Delitos contra Animales, Ambiente y Ecosistemas está en contra de otorgar la suspensión condicional del proceso a quienes hayan matado a un animal con dolo, sin embargo esto es decisión del denunciante como sucedió en este caso donde, a pesar de que el Ministerio Público expresó no estar de acuerdo, la decisión de otorgarla fue aceptada por parte de la víctima y su asesor jurídico.

De igual forma se está trabajando con el Congreso del Estado de Campeche para incrementar la pena de maltrato animal a 12 años de prisión y de esta forma no cumpla el indiciado con los requisitos de procedencia contemplados en el Código Nacional de Procedimientos Penales para la suspensión condicional del proceso.

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